El pasado viernes 17 de abril, fue publicada en el Diario Oficial la Resolución del MINSAL que, sumándose a la obligatoriedad de usar mascarillas en los transportes público y privado remunerado, establece la obligación del uso de mascarillas en lugares donde se encuentren 10 o más personas en espacios cerrados. Esta medida afecta a aeropuertos, locales comerciales, hoteles, establecimientos de salud, lugares de trabajo, establecimientos educacionales, residencias de adultos mayores, recintos deportivos, lugares de fabricación de alimentos y medicamentos, entre otros.
Revise el contenido de esta resolución en la minuta preparada por Estudio Navarro
Recientemente, El Ministerio del Trabajo y Prevención Social publicó la Ley N° 21.220, que tiene como objetivo entregar un marco regulatorio a los trabajadores que se desempeñan bajo la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo.
En este contexto y con respecto al seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la Ley 16.744, la entidad empleadora mantiene el mismo deber de protección que si los trabajos se realizaran en sus instalaciones, debiendo a lo menos:
- Comunicar las condiciones de seguridad y salud que debe cumplir el puesto de trabajo, del domicilio u otro lugar previamente determinado, debiendo velar por el cumplimiento de dichas condiciones.
- Informar por escrito al trabajador a distancia o teletrabajador acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los medios de trabajo correctos según cada caso en particular, de conformidad a la normativa vigente.
- Efectuar una capacitación al trabajador acerca de las principales medidas de seguridad y salud que debe tener presente para desempeñar las labores a distancia o teletrabajo, en forma previa al inicio de las mismas. Esta capacitación podrá realizarla directamente el empleador o a través del organismo administrador del seguro de la Ley N° 16.744.
Fuente: Asociación Chilena de Seguridad, abril 28 de 2020
El comité de ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago acordó, el día viernes 17 de abril, dejar sin efecto el acuerdo que dispuso los turnos que se encontraban vigentes, autorizando así el funcionamiento de todas las notarías de la jurisdicción, ubicadas dentro de las comunas sujetas a cuarentena, entre las 09.00 y las 13.00 horas. Para ello, las notarías deberán tomar todas las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad, como aquellas destinadas a evitar multitudes a su interior, resguardando la distancia física.
Mediante dictamen Nº 1401-2020, la SUSESO resolvió que en atención a que el trabajador no percibirá remuneraciones durante la suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad o por pacto suscrito entre las partes en el marco de la ley Nº 21.227, no corresponde efectuar descuentos por cuotas de créditos sociales, por lo tanto, la o las correspondientes cuotas deben reprogramarse automáticamente al final del crédito. Ahora bien, respecto al pacto de reducción de jornada de trabajo, señaló que, si bien en este caso el trabajador percibirá remuneraciones, ésta será reducida en proporción a la jornada de trabajo, por lo que puede aplicarse el descuento de la cuota de crédito social reducida en la misma proporción que ha disminuido la remuneración del trabajador o bien, no efectuarse descuentos en las remuneraciones. En este caso, el remanente de la cuota o la totalidad de la misma que no pudo descontarse, podrá reprogramarse al final del crédito.
En atención a las recomendaciones que las autoridades sanitarias han entregado por el virus Covid-19, la Dirección del Trabajo ha adoptado una serie de medidas para atender requerimientos.
– Centro de consultas.
– Funcionamiento de la Dirección del Trabajo ante escenario de Covid-19.
– Ingreso de requerimientos a oficina de partes de Direcciones Regionales del Trabajo.
Para la tramitación de las actuaciones que normalmente el usuario realiza a través de la oficina de partes de las Inspecciones del Trabajo, Centros de Conciliación y Mediación o Direcciones Regionales del Trabajo (Reconsideraciones de Multa Administrativa, Jornadas Excepcionales de Trabajo, Reglamentos Internos, etc.)
– Formularios especiales para solicitar actuaciones de manera remota, sin necesidad de concurrir a una Inspección del Trabajo.
- Formulario especial de solicitud de fiscalización (enviar a casilla denuncia@dt.gob.cl)
- Formulario especial de reclamo administrativo por término de laboral (enviar a casilla reclamos@dt.gob.cl)
- Formulario especial de solicitud de mediación (enviar a casilla mediacion@dt.gob.cl)
- Carátula especial solicitud de jornada excepcional de trabajo (enviar a casilla electrónica de oficina de partes de la región en se encuentra la obra o faena).
- Constancia Laboral Electrónica, que permite dejar registro sobre hechos que puedan causar el despido o la aplicación de una sanción por parte del empleador.
- Con Clave Única: Portal Mi Dt
- Sin Clave Única: Constancia Alternativa
– Dictámenes:
Dictámenes que fijan criterios y orientaciones sobre el impacto, en materia laboral, de la emergencia sanitaria provocada por el virus Covid-19:
Dictamen que fija sentido y alcance de la Ley N° 21220 en materia de trabajo a distancia y teletrabajo:
Fuente: Dirección del Trabajo, abril 28 de 2020
La Dirección del Trabajo registrará los pactos de reducción temporal de jornada de trabajo en el sitio www.direcciondeltrabajo.cl en el Portal Mi DT. Para poder realizar este trámite, es necesario que el empleador Administre a sus Representantes Laborales Electrónicos en el Portal MI DT, lo que requerirá iniciar sesión con su clave del Servicio de Impuestos Internos en la página de la Dirección del Trabajo. Luego, tanto los representantes laborales del empleador como trabajadores deberán contar con Clave Única para poder acceder al mencionado trámite. La realización de este trámite en línea permitirá que empleadores y trabajadores puedan suscribir los pactos de forma segura.
Revise los detalles de este trámite y sus pasos en este enlace
AFC Chile informó mediante su página web las fechas en las cuales se realizaría el pago del beneficio contemplado para aquellos trabajadores cuyo empleador ha suspendido sus labores, por un pacto de suspensión del contrato de trabajo o por paralización de actividades decretadas por acto o declaración de la autoridad. La fecha de pago de este beneficio depende de la fecha en que se pactó la suspensión y de la fecha en que el empleador realice la solicitud online de pago en www.afc.cl.
Los trabajadores cuyas relaciones laborales se hayan suspendido en marzo de 2020 y sus empleadores hayan completado la solicitud hasta el 23 de abril, en caso de ser aprobadas, serán las primeras en recibir el referido pago el día 30 de abril.
Para revisar la tabla con las fechas de pago, ingrese a este enlace.
En el marco de la pandemia causada por el coronavirus, la Resolución N°8.668 del Ministerio de Salud publicada con fecha 20 del presente, instruye a los empleadores a implementar las medidas para proteger la salud de sus trabajadores, incorporando para ello la desinfección necesaria en sus procesos y labores diarias, así como evitar la concentración de más de 50 trabajadores en un lugar o sección de la empresa. Asimismo, indica qué prevenciones deben tomarse en materia de transporte de personal y lugares de trabajo en general, además de definir qué es lo que debe entenderse por “caso sospechoso”. Estas medidas se aplican exclusivamente en la Décima Región de Los Lagos, y afectan a toda sucursal, establecimiento u otro dentro de dicha jurisdicción.
Revise publicación en Diario Oficial

De las empresas que se han acogido a los beneficios de la norma, un 92,4% corresponde a micro y pequeñas empresas, mientras que las medianas representaron el 3,4% y las grandes un 1,3%.
Sigue aumentando el número de empresas que buscan acogerse a la Ley de Protección del Empleo. Así lo demuestra el último balance realizado hoy por la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, quien informó que hasta al 23 de abril 66.573 compañías han decidido acogerse a los beneficios de la norma.
Esto se compara con las 23 mil sociedades reportadas el 17 de abril, el primer balance que realizó el Ejecutivo.
De acuerdo al detalle presentado, 516.826 trabajadores accederán a las prestaciones del Seguro de Cesantía, sin perder los beneficios de la relación laboral, tales como antigüedad y derecho a vacaciones. Esto implica casi el doble en relación a los 270 mil que fueron informados el 17 de abril.

Respecto a qué firmas se están acogiendo a la norma, la ministra reiteró que las empresas de gran tamaño no son las que más están usando la Ley. El balance mostró que las solicitudes se concentraron mayoritariamente en las micro y pequeñas empresas, que son el 92,4% del total, mientras que las medianas representaron el 3,4% y las grandes un 1,3%.
«Toda empresa tiene posibilidad de acogerse si se ha visto afectada. Aquí lo importante es que no hay una distinción ni por tamaño de empresa, ni por actividad productiva, ni por región, sino que lo que hay que demostrar es realmente la necesidad de acogerse producto de que por la pandemia sus ingresos se han visto disminuidos y no están en condiciones de poder hacer frente a todas sus obligaciones», recalcó Zaldívar.
Al ser consultada por la decisión de algunas clínicas de acogerse a la norma, la ministra explicó que «aquí lo que nosotros tenemos que velar es porque efectivamente las empresas que se acojan a esta Ley sean empresas que lo necesiten, pero nosotros también tenemos una distinción, nosotros tenemos ciertas actividades productivas que deben seguir funcionando, pero esas actividades que deben seguir funcionando deben también tener los ingresos para poder seguir haciéndolo», recalcó.
Sobre las críticas de que algunas firmas estarían haciendo mal uso de los beneficios de la norma, Zaldívar sostuvo que «aquí, mayoritariamente, nosotros no vemos un abuso de la Ley, y en caso de que hubiese abuso existen las sanciones, existen los mecanismos para poder controlar aquellos abusos».
De los 516.826 trabajadores acogidos a la Ley, el 54,0% de ellos pertenecen a las empresas pequeñas y medianas. En tanto el 29,3% de los trabajadores suspendidos son de las grandes empresas. Además, el 54,4% de ellos pactaron un acuerdo de suspensión de contrato con su empleador, mientras que el 45,6% lo hicieron porque fueron afectados por acto de autoridad.
«Con esta ley buscamos proteger los puestos de trabajo y parte importante de los ingresos de los trabajadores, los que pueden verse afectados independientemente si su empresa es grande, pequeña o mediana. Por eso es necesario recalcar que si una empresa se ha visto fuertemente afectada por lo que estamos viviendo producto del Covid-19, se puede acoger a esta norma independientemente del tamaño, porque debemos llegar a todos los trabajadores sin distinción», dijo Zaldívar.
Respecto a las trabajadoras de casa particular, la secretaría de Estado informó que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), han registrado un total de 6.193 solicitudes, para acogerse a la suspensión de contrato que contempla la Ley, y que en este caso opera con cargo a los fondos de indemnización.
Seguro de cesantía
Por último, la ministra informó sobre las solicitudes que han realizado los trabajadores despedidos ante el Seguro de Cesantía, las que en comparación con el mismo mes del año anterior con cierre al décimo sexto día hábil, pasaron de 98.234 a 118.506, lo que significa un incremento de 20,6% en el total.
Otro punto que abordó la titular de Trabajo fue el criticado plan de retorno que elaboró el Ejecutivo, el cual busca que los funcionarios públicos vuelvan gradualmente a desempeñar sus labores de forma presencial.
Sobre el tema, Zaldívar aseguró que es un plan «que respeta a todos aquellos trabajadores o funcionarios públicos que están en situación de riesgo, nosotros tenemos que potenciar el trabajo a distancia respecto de aquellas personas que son adultos mayores, respecto de personas que son embarazadas, que tienen enfermedades de base, tenemos que buscar el mecanismo para que todos quienes estamos trabajando acá tengamos las medidas de distanciamiento social, las medidas de protección», dijo la ministra, agregando que al mismo tiempo se debe priorizar lo que es la atención al público: «No puede ser que un adulto mayor no pueda ver pagada su pensión», acotó.
Fuente: Diario Financiero, abril 27 de 2020
Un total de 31 centros a lo largo del país y cerca de 1.600 camas se suman a las residencias de aislamiento transitorias para adultos mayores.
El ministro de Desarrollo Social y Familia, Sebastián Sichel; el ministro Secretario General de la Presidencia, Felipe Ward; el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro y el director nacional del Servicio Nacional del Adulto Mayor, SENAMA, Octavio Vergara, junto al presidente de Cajas de Compensación de Chile, Tomás Campero, participaron en la firma de un convenio de colaboración con dicha institución, con el fin de contribuir en la implementación de medidas de protección y apoyo frente al coronavirus para las personas mayores.
El convenio establecido entre el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, SENAMA y Cajas de Chile, permitirá que se sumen a las residencias de aislamiento transitorias para mayores (RATM), 31 centros pertenecientes a las Cajas de Compensación a lo largo del país.
Estas residencias de las Cajas Los Andes, La Araucana, Los Héroes y 18, permitirán el traslado de adultos mayores que viven en establecimientos de larga estadía en caso de posibles brotes al interior de ellos. En estos centros se entregan todas las atenciones y cuidado que los mayores requieren.
El ministro Sichel, recalcó que la firma de este convenio es “es clave, porque no se concentra sólo en Santiago, sino que estas cerca de 1.600 camas y 31 centros están distribuidos en todo el país, por lo tanto, nos permite tener condiciones de respaldo para la residencia en todo Chile. También es clave, porque la residencia en que hoy día están los adultos mayores cuando hay situaciones de contagio no permiten mantener las condiciones necesarias sanitarias por el distanciamiento que tienen que tener y estas residencias que pertenecen a las Cajas de Compensación si tienen estas condiciones, además incluyen alimentación, cuidados debidos y toda la protección necesaria para las personas”.
Añadió que “esto lo estamos haciendo como medida preventiva, no es que estas camas se necesiten hoy día, sino que desde el principio como Gobierno nos hemos adelantado en proteger a la población vulnerable que son los adultos mayores, eso significó que el 16 de marzo ya teníamos protocolos sanitarios, hace más de tres semanas ya tenemos en cuarentena estas residencias y hoy día significa que aun cuando no tenemos la cantidad de contagios necesarios para ocupar estas camas, ya tenemos camas disponibles en caso que necesitemos trasladar adultos mayores”.
Por su parte el ministro Felipe Ward, manifestó que “en ese tiempo de pandemia, como Gobierno nos hemos propuesto proteger y resguardar al grupo más vulnerable que son los adultos mayores. En el Congreso hemos avanzado en esa línea, con una mejora inmediata de las pensiones de 1,6 millones de adultos mayores, la disminución de contribuciones para este grupo y la rebaja del 50% en la tarifa de transportes para todos los mayores de 65 años”
En tanto el director nacional de SENAMA, Octavio Vergara, precisó respecto a la firma de este convenio que “lo que estamos garantizando con esta alianza es que efectivamente exista la disponibilidad de camas a lo largo de todo el país, para poder, en caso de ser necesario y que la residencia original no pueda aislar adecuadamente a la persona y cumplir los protocolos que hemos trabajado con el Ministerio de Salud, contar con residencias de aislamiento transitorio que cumplan con el nivel, con la calidad y sobre todo con un estándar sumamente alto para que las personas mayores, puedan ser aisladas correctamente. Tenemos ya lugares dispuestos en todas las regiones y todo articulado para que, en caso de que lo necesitemos, podamos activar el protocolo de manera inmediata. Estamos preparándonos para posibles escenarios futuros, adelantándonos a la situación antes de que esto ocurra”.
Mientras que el presidente de la Asociación de Cajas, Tomás Campero, señaló que “las Cajas de Compensación somos una institución sin fines de lucro y parte activa del sistema de protección social del país. Contamos con 7 millones de afiliados, por lo que conocemos muy de cerca las necesidades que enfrentan nuestros adultos mayores. Por lo tanto, para nosotros es un motivo de alegría poner a disposición de SENAMA 31 centros y las cerca de 1.600 camas para su uso como Residencias de Aislamiento Transitorias para Mayores (RATM) a nivel nacional”.
Es así como todas las Cajas de Compensación han puesto a disposición de SENAMA, sus centros, para contribuir en el resguardo, protección y cuidado de las personas mayores, que hoy constituyen el grupo más vulnerable de nuestra población.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Fuente: Los Héroes CCAF, abril 23 de 2020

