Un estudio dado a conocer por la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático (un comité de Corfo) reveló como este instrumento que reúne a empresas de un mismo rubro, está impactando en varios sectores económicos y regiones del país.
En 2019, los Acuerdos de Producción Limpia (APL) lograron reducir 300 mil toneladas de CO2 equivalentes, lo que representa un 0,3 % de las emisiones anuales de Chile (111 millones de toneladas al año). Si bien puede parecer una cifra pequeña, los APL están influyendo cada vez más en ciertos sectores productivos a lo largo del país. Y justamente, la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático (ASCC), que administra los APL, acaba de revelar lo qué ha sido este instrumento en los últimos 8 años en el estudio “Reporte Impactos Objetivos Desarrollo Sostenible (ODS) y Gases Efecto Invernadero (GEI) 2012-2019”.
La fecha de inicio del análisis está dada porque ese año la ONU validó a los APL como la primera Acción de Mitigación Nacionalmente Apropiada (NAMA por su sigla en inglés) en Chile. Así, durante ese período de tiempo, se logró una reducción total acumulada de 1.466.336 toneladas de CO2 equivalente.
La ASCC (ex Consejo de Producción Limpia) es un comité de Corfo para el fomento a la producción sustentable en empresas chilenas, así como su adaptación y mitigación al cambio climático, con énfasis en pymes y en los territorios. Sus principales instrumentos son los Acuerdos de Gestión y Cuencas, Acuerdos de Pre-inversión y los Acuerdos de Producción Limpia (APL). Con respecto a estos últimos, son un convenio de carácter voluntario celebrado entre una asociación empresarial y organismos públicos con el objetivo de mejorar las condiciones productivas y ambientales, como la eficiencia energética, reducción de GEI, valorización de residuos y buenas prácticas.
El informe aprovecha de hacer un recuento de lo que ha sido este instrumento a lo largo de su historia. Así, entre 1999 y diciembre de 2019, se han logrado 159 APL, clasificados en 11 sectores económicos, los que involucran la participación de 8.400 empresas y 14.040 instalaciones productivas. La mayor cantidad de adhesiones se da entre 2014 y 2017 con 4.529 APL firmados. El sector económico con mayor participación corresponde a la industria manufacturera con 56 acuerdos, que representan un 35% del total (ver gráfico).
En cuanto a la distribución geográfica, la región con mayor nivel de adhesiones es la Metropolitana con un 22%, seguida por la Región del Maule (19%), O’Higgins (16%) y Valparaíso (12%). “Con los APL, las empresas se dan cuenta del poco control que tienen en el uso de los principales recursos productivos, como el agua y la energía, y de los beneficios económicos que logran por ahorros en consumo. Junto con ello, visualizan que tener una mayor conciencia ambiental va aparejada con su futuro comercial”, comenta Giovanni Calderón, director ejecutivo de la ASCC.
El foco del CO2
Con respecto a las reducciones de CO2 indicadas en el estudio, estas se dividen en cuatro grupos. En primer lugar, se encuentran los ahorros asociados a menores niveles de quema de combustible (en establecimiento o transporte), que representan un 41,7% del total de reducciones, con una disminución de 631.290 toneladas de CO2 equivalente.
La segunda fuente es la eliminación de desechos sólidos, sumando 320.530 toneladas de CO2 equivalente ahorrados (21,2%) y la tercera, la disminución progresiva en el uso de fertilizantes. Desde 2012 a la fecha, esta categoría da cuenta de una reducción acumulada de 305.031 toneladas de CO2 (20,2%) de las reducciones totales. Por último, está el menor consumo de energía eléctrica en las instalaciones productivas, lo que se traduce en una reducción de 255.340 toneladas de CO2 equivalente (16,9%).

Fuente: Pulso – La Tercera, enero 29 de 2020
Los constantes cambios en el mercado laboral y el aumento en la tasa de población de personas mayores a un 17,6%[1], han ido conformando un nuevo contingente laboral con ganas de continuar aportando a la productividad y con las facultades de seguir contribuyendo al desarrollo del país.
A raíz de esto, la Asociación de Industrias Metalúrgicas y Metalmecánicas, ASIMET, junto al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, SENCE y la participación de la Caja de Compensación Los Héroes, realizaron el Estudio para la “Reinserción Laboral del Adulto Mayor en la Región Metropolitana”, el cual arrojó como resultado que las barreras más importantes para la inserción laboral son las carencias en la identificación de nichos de empleabilidad y oficios adecuados para el perfil de las personas mayores y la dificultad para convocar a estos a las vacantes de empleos disponibles, siendo las alternativas digitales las que menos utilizan.
Conforme a lo anterior, se realizó un seminario en donde se hizo entrega del informe final de la fase I y el lanzamiento de la fase II denominada “Centro Nacional de Vinculación Laboral para Personas Mayores: Modelo Experimental de Intermediación Laboral”.
En la ocasión, el Director Nacional de SENCE, Juan Manuel Santa Cruz, expresó que “Hoy en día tenemos cada vez más personas mayores que por gusto o por necesidad requieren seguir trabajando, y como SENCE y Ministerio del Trabajo estamos comprometidos en apoyarlos para que puedan enfrentar estas etapas. En este sentido desde hace un año estamos trabajando en un programa llamado “Experiencia Mayor” que apoyado con Los Héroes y Asimet ha empezado a ver frutos, pero aún nos queda mucho por hacer y todo lo que contribuya a diseñar mejores políticas públicas y programas destinados a este público nos interesa”.
Por su parte, Germán Lafrentz, Gerente de Asuntos Corporativos de Caja Los Héroes, aclaró que “en Caja Los Héroes siempre hemos estado comprometidos con los adultos mayores, no sólo entregando beneficios en salud, recreación o bonos, sino que también con la responsabilidad de generar políticas públicas las cuales nacen a partir de estudios, para ello formamos también, un centro de estudios con la Universidad del Desarrollo (CIPEM) el cual originó la necesidad de hacer temas en esta materia con el propósito de que las personas mayores tengan la oportunidad de trabajar y sean aconsejados por especialistas que los orienten hacia sus mejores oportunidades laborales”
Tras la presentación del estudio, el equipo de expertos explicó el plan de trabajo que contempla en esta segunda fase un plan piloto con la formación de un centro especializado de acercamiento o vinculación directa para las personas mayores, el cual funcionará en cuatro sucursales de Caja Los Héroes (uno en el norte, otro en el sur y dos en la RM), con el propósito de que las personas mayores que deseen acceder a puestos de trabajo tengan la posibilidad de contar con horarios especiales de atención.
El gerente general de ASIMET, Marcelo Fuster, destacó la importancia de que esta vinculación sea para quienes realmente lo deseen en forma voluntaria, como una oportunidad de sentirse útiles, integrados y con la probabilidad de un ingreso complementario.
“Para Asimet la posibilidad de colaborar con la reinserción o la vinculación laboral de todos aquellos que por algún u otro motivo cesaron de sus funciones en una edad donde se hace más difícil vincularse laboralmente, significa trabajar nuevamente por las personas, las empresas y por Chile. Además de reconocer y aprovechar la experiencia y sabiduría que da la edad mayor”, expresó Marcelo Fuster.
[1] Fuente: Instituto Nacional de Estadística, INE.

Benjamín Costa Navarro, socio de Estudio Navarro Abogados
«…Las empresas pueden acomodarse a los tiempos actuales utilizando las herramientas que dispone la ley, sin perjuicio de otras que en la medida de lo posible puedan acordar con los trabajadores en virtud del principio de autonomía de la voluntad que rige los contratos individuales (…), respetando siempre como límite la función protectora del derecho laboral…»
Atendida la compleja situación nacional en las últimas semanas, se ha hecho necesario que las empresas busquen vías alternativas para soslayar los efectos del impacto, en particular en lo referido a la jornada laboral de sus trabajadores, aplicando las normas de flexibilidad que permite nuestra legislación para otorgar facilidades atendidas dificultades y situaciones de fuerza mayor. Es en este contexto que hemos recomendado la implementación de algunas herramientas que dispone el ordenamiento jurídico-laboral vigente para que puedan adaptarse al escenario actual y planificarse en el corto y mediano plazo.
Una de las mayores dificultades observadas durante estas semanas ha sido el traslado hacia los lugares de trabajo. En este sentido, existen actualmente alternativas que otorga nuestra legislación al empleador para flexibilizar la jornada laboral. Así, por ejemplo, el artículo 12 del Código del Trabajo permite adelantarla o retrasarla en 60 minutos, con lo cual en algunas ocasiones podría evitarse el registro de atrasos masivos en las empresas. En este caso señalado por el artículo 12, para que proceda la modificación unilateral de la jornada es necesario que se dé el aviso correspondiente al trabajador con, a lo menos, 30 días de anticipación. No obstante, las partes, de común acuerdo, podrían pactar una distribución de jornada distinta para los mismos efectos.
En este mismo orden, la Inspección del Trabajo, por medio de su facultad normativa, ha señalado que como excepción a la necesaria certeza que debe tener el trabajador respecto de la jornada de trabajo que le corresponde, podrán las partes del contrato convenir que este último elija el momento de inicio de la jornada dentro de una franja de tiempo máxima de una hora, ajustándose automáticamente el momento de salida según la hora efectiva de ingreso.
Por otro lado, en el caso de empresas que han sido saqueadas, quemadas o vandalizadas, impidiéndose con ello su normal funcionamiento o el de alguno de sus establecimientos, sucursales, tiendas, bodegas u otros, el mismo artículo 12 citado permite al empleador unilateralmente modificar la funciones o el lugar de trabajo, siempre que se trate de labores similares, que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad y que ello no importe menoscabo para el trabajador.
En casos de mayor gravedad, en los cuales no exista la posibilidad de reubicar a los trabajadores por el tiempo que duren las reparaciones u otros es posible recurrir a la facultad que otorga la ley al empleador para imponer feriado colectivo. Los empleadores podrán determinar que en sus empresas o establecimientos, o en parte de ellos, se proceda anualmente a su cierre por un mínimo de 15 días hábiles para que el personal respectivo haga uso del feriado en forma colectiva. Esta herramienta de administración procede para todos los trabajadores de la empresa o de una sección de ella que lo requiera, debiendo otorgarlo incluso a aquellos que aún no cumplen un año al interior de ella.
De este modo, las empresas pueden acomodarse a los tiempos actuales utilizando las herramientas que dispone la ley, sin perjuicio de otras que en la medida de lo posible puedan acordar con los trabajadores en virtud del principio de autonomía de la voluntad que rige los contratos individuales de trabajo, tales como disminuir la jornada, anticipar días de vacaciones o suspender transitoriamente los efectos del contrato, respetando siempre como límite la función protectora del derecho laboral, que es fundamento de una de sus características particulares, como es que se trata de un contrato dirigido, esto es, que la ley determina en algunas materias fundamentales el contenido máximo o mínimo que debe tener.
Fuente: El Mercurio Legal, noviembre 26 de 2019
Se trata de un incremento de 1,4% respecto de diciembre del año pasado, según el Centro de Microdatos de la U. de Chile.
Este jueves, el Centro de Microdatos (CMD) de la Universidad de Chile, dio a conocer el informe sobre la desocupación en el Gran Santiago del mes de diciembre. La cifra arrojó que el desempleo aumentó hasta 8,8%, aumentando 1,4 puntos porcentuales respecto del mismo periodo del año pasado.
La medición tomó en cuenta la semana comprendida entre el 8 y 14 de diciembre de 2019.
Los resultados indican que la cifra de desempleo de diciembre es la más alta observada con respecto a los últimos tres años y fue influenciada por el estallido social. Es importante señalar que se ubica sobre el promedio de los últimos 10 años, el que fue 7,7%, aunque se encuentra bajo el promedio de los últimos 20 años (9,4%).
Con respecto a la segregación por género, en relación al género masculino, el desempleo llegó al 8,7% , mientras que en el género femenino la cifra llegó a 9%. Según grupo etario, los jóvenes (14 a 24 años) presentan la tasa de desempleo más alta, con un 24,1% versus el grupo de personas que tienen entre 25 y 54 años, cuya cifra alcanzó un 7,9%.
Asimismo, en doce meses la tasa de participación laboral masculina bajó de un 72,7% a 72,2%, y la participación femenina aumentó de un 54,1% a 55,3%.
«La tasa de desempleo en un 1% sería causado por el estallido social y eso se corrobora con otras encuentas también. Lo que uno pensaría es que a partir de marzo uno debería a empezar a regularizar el efecto del estallido, a menos sigamos con estos movimientos tan fuertes y no se resuelvan las demandas que estamos pidiendo que se resuelven, pero siempre se puede estar peor»
Director del Centro de Microdatos, Fabián Duarte
En cuanto a los sectores con mayor cesantía fueron construcción (13,4%), comercio (11,1%) y transporte (9,3%), es decir las mismas cifras que el levantamiento anterior.
En el último año, el empleo asalariado cayó un 1,2%, sumado a un crecimiento de 3,3% del empleo independiente. En relación a la encuesta de septiembre, el primero disminuyó un 1,1% y el segundo aumentó un 2,5 %.
En relación a lo último, se aprecia un crecimiento constante en el porcentaje de inactivos que manifiesta deseos de trabajar, qué pasó de 10,5% en diciembre de 2018 a 11,4% en diciembre de 2019.
Fuente: Emol economía, enero 23 de 2020
Este proceso es fundamental en el ciclo de fabricación de automóviles, en la industria aeronáutica y la metalmecánica.
Es aplicado a los metales, se realiza mediante el fosfatizado y se relaciona con la durabilidad y la corrosión.
Existen procesos industriales que, junto con exigir experiencia, requieren también de la aplicación de procedimientos y tecnología de última generación, que asegure la calidad y excelencia del producto final.
Aquella condición adquiere mayor fuerza cuando se trata de la gran industria como la aeronáutica, armaduría de automóviles, electrodomésticos, minería y metalmecánica, considerando la magnitud y el alcance de su producción.
De esta forma, en áreas industriales tan disímiles como las ya mencionadas se registran etapas equivalentes que cumplen un propósito fundamental en el ciclo de fabricación, que exigen precisión, rigurosidad y perfección a las empresas que ejecutan o realizan ese trabajo, las que deben mantener una constante especialización. Dentro de esta categoría se encuentra el proceso referido al tratamiento aplicado a las superficies metálicas, realizado a través del fosfatizado, y que se relaciona con la durabilidad y la corrosión que podría afectar al producto.
Entre las empresas que lo tienen incorporado a su producción figuran todas las que pintan las superficies de los metales; las que requieren garantizar la duración de sus productos pintados; las que buscan competitividad en el mercado interno y las que exportan.
El fosfatizado y la pintura
La pintura es un sustrato que ha permitido embellecer y proteger la superficie metálica. Sin embargo, ésta no ofrece a la pieza pintada durabilidad y resistencia a la corrosión, ya que la película de pintura es permeable a la humedad y oxígeno del aire y además, como la superficie metálica se conserva conductora bajo la película de pintura, posibilita que se produzca un deterioro bajo ella, ya que las corrientes de corrosión fluyen sin impedimento entre los potenciales locales de la superficie metálica.
Un recubrimiento de fosfato convierte la superficie metálica en un conductor pobre. Este recubrimiento de tan sólo unos pocos micrones de espesor, proporciona una barrera aislante a la corrosión, tal como lo indica el esquema ampliado microscópicamente.

El recubrimiento de fosfato, por si mismo, protege limitadamente al metal contra la corrosión. Se aumenta notablemente su beneficio protector cuando se aplica sobre él una película de pintura u otro acabado orgánico. Las extraordinarias propiedades de absorción de la capa de fosfato a la pintura, se debe a la rugosidad microcristalina que produce sobre la superficie metálica.
Los grandes beneficios de la capa de fosfato, como tratamiento previo a la aplicación de pintura sobre un metal, se resumen en el aumento notable en la adherencia de la pintura y la resistencia a la corrosión del metal base, así como la resistencia al impacto, mejorando la elasticidad metal-pintura.
Tipos de fosfatizado
Con fines industriales, los tipos de fosfatizado más utilizados son tres. El Fosfatizado de Hierro, que es un recubrimiento amorfo de apariencia iridiscente, ampliamente usado en el pintado de metales. El peso promedio del recubrimiento es de 0,4 – 1,0 gr / m2. Existen fosfatos de Hierro a los que se agregan surfactantes adecuados para que la limpieza y el fosfatizado se realicen en una sola etapa.
La aplicación del Fosfatizado de Zinc implica un proceso más complejo, que requiere de etapas previas y separadas de limpieza y enjuague del metal. Este recubrimiento es de naturaleza cristalina, de color gris y un peso promedio de recubrimiento de 2 – 4 gr / m2. Es muy usado para el pintado de metales y ofrece la más alta adherencia a la pintura.
El recubrimiento de Fosfatizado de Manganeso es de naturaleza cristalina, de color gris oscuro a negro brillante, que se utiliza como protección y capa antifricción, ampliamente empleado en la industria del automóvil y militar.
Para determinar el tipo de fosfato que se utiliza como sustrato de la pintura, es pertinente considerar lo siguiente:
a) El Fosfatizado de Hierro se aplica en metales que no requieren de gran protección anticorrosiva. Se elige de preferencia en artículos metálicos que se utilizan en interiores.
b) El Fosfatizado de Zinc es para metales que requieren de gran protección anticorrosiva, como los empleados en la industria automotriz, de electrodomésticos y todas aquellas que proyectan su producción a la exportación, para garantizar sus productos.
La simpleza de la aplicación industrial de este proceso, se resume según el esquema básico que muestra una secuencia de fosfatizado.
Historia del fosfatizado
Los estudios realizados durante el siglo XIX con algunos objetos de hierro procedentes de los comienzos de nuestra era (siglo I), que fueron desenterrados en excavaciones realizadas en un castillo romano en Salzburg, Alemania, mostraron algunas causas de su perfecto estado de conservación, revelando que su superficie estaba cubierta de una fina película azul de vivianita (fosfato de hierro).
La causa más probable de la formación de este compuesto se cree que es la acción combinada de fosfato cálcico de los huesos que rodeaban a los objetos, junto con las aguas aciduladas con anhídrido carbónico, llegándose a admitir que la perfecta conservación de dichos piezas se debía, indudablemente, a la protección anticorrosiva ofrecida por la película de fosfato. Después de dicho descubrimiento, se siguieron efectuando pruebas en laboratorio y realizando experiencias de aplicación industrial, encontrándose un extraordinario beneficio como protección de la pintura.
Las primeras aplicaciones industriales del proceso de fosfato de hierro en piezas metálicas pintadas, tenían una duración de tratamiento de 60 minutos. Posteriormente, en 1930, aparece la Fosfatización al Zinc, que daba una mayor protección a la pieza metálica pintada contra la corrosión. Con los años, se incorporaron acelerantes para reducir el tiempo de aplicación industrial, desde algunos segundos a 5 minutos. En la actualidad, se han incorporado iones de Manganeso, Níquel y otros, para aumentar la resistencia de los metales a la corrosión y la ductilidad.
En Chile
En nuestro país, con 20 años de experiencia, Alianza Ltda. tiene un lugar en el mercado de los Tratamientos de Superficies. Esta industria, fundada por el ingeniero civil metalúrgico, Raúl Faúndez V., entrega asistencia técnica y profesional a las empresas que enfrentan una permanente competencia en el rubro, proporcionándoles capacitación; entrenamiento al personal en línea; supervisión del trabajo en línea; mejoramiento continuo a los procesos: instrumental de control y equipamiento y accesorios de línea de producción.
A través de su equipo de ingenieros, especialistas en el área de Tratamientos de Superficie, ha representado un apoyo para la actividad productiva en materia de control de procesos, optimización de los rendimientos, reducción de costos, control de calidad, estudios de proyectos de líneas de tratamiento y control de riles con productos de fosfatizado, formulados sobre la base de agua, concentrados y con un alto rendimiento y bajo riesgo de accidentes para las personas que los manipulan, ya que están concebidos con tecnología de punta.
Su trabajo relacionado con la pintura, está dirigido a los clientes de la industria metalmecánica. Recientemente, por primera vez en Chile, se usó pintura cataforética en la planta de General Motors. Este producto de última generación, que se aplica por inmersión con corriente eléctrica, es de base acuosa y asegura, con un muy bajo espesor (10-20 micrones), una muy larga vida útil, mayor a las 1.000 horas en el ensayo de corrosión acelerado (cámara de niebla salina).
Alianza Ltda. se encuentra certificada ISO 9001–2000, por la filial en Chile de la compañía estadounidense ABS y cuenta con la licencia tecnológica de CHEMETALL Gmbh de Alemania, líder mundial en el área de los Tratamientos de Superficies y PPG de USA, líder mundial en recubrimientos de Pintura industrial, automotriz, coil coating (líneas continuas de fleje), polvo, madera y otras.

La Cámara de Diputados aprobó y despachó a segundo trámite al Senado el proyecto de ley que establecer un mayor equilibrio entre los derechos y deberes que le asisten al padre y a la madre, y que concede un permiso de 15 días pagados al trabajador por nacimiento de hijo.
El texto modifica el Código del Trabajo en lo referente a las normas sobre «Protección a la maternidad, la paternidad y la vida familiar». En primer lugar, se indica que los trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo y aquellos regidos por el Estatuto Administrativo, padres o madres de niños o niñas no mayores de veinticuatro meses, tendrán permiso para asistir a los controles del niño sano, hasta su último control de lactante mayor.
Dichas horas deberán ser compensadas en la forma que acuerden con el empleador, salvo que en virtud de una negociación individual o colectiva se acuerde la no restitución. En caso de ser compensadas, se deberá considerar las limitaciones ya definidas en la ley.
La solicitud del permiso deberá formalizarse por cualquier medio escrito físico o electrónico con veinticuatro horas de anticipación, acompañando el documento que acredite dicha concurrencia.
El empleador, atendiendo la naturaleza de los servicios y las actividades de la empresa, deberá velar porque las condiciones laborales de sus trabajadores, en especial la organización y distribución de la jornada ordinaria y extraordinaria y especial de trabajo permita compatibilizar las obligaciones laborales y familiares del trabajador y su corresponsabilidad en el cuidado de sus hijos.
Permiso pagado de 15 días
Además, la iniciativa indica que el padre tendrá el derecho a un permiso pagado de 15 días en caso de nacimiento de un hijo, “el que será utilizado desde el momento del parto y en forma continua», excluyendo el descanso semanal y otro permiso adicional por quince días que podrá ser pactado con el empleador y que será distribuido dentro de los 180 días siguientes a la fecha del nacimiento.
Este permiso también se otorgará al trabajador o trabajadora que se encuentre en proceso de adopción y se contará a partir de la notificación de la resolución que otorgue el cuidado personal o acoja la adopción del menor.
Este derecho es irrenunciable y también será aplicable a la madre no gestante del hijo o hija en el caso de que la madre gestante se haya sometido a técnicas de reproducción humana asistida y de ello resultare el nacimiento.
Se define que el trabajador o trabajadora deberá dar aviso al empleador del nacimiento o adopción de su hijo mediante cualquier medio escrito de comunicación interna de la empresa, ya sea físico o electrónico, acompañando el respectivo certificado de nacimiento del Servicio de Registro Civil e Identificación o partida de nacimiento con la debida subinscripción de la sentencia judicial correspondiente.
Cumpliéndose los requisitos establecidos, el empleador deberá informar al trabajador sobre las condiciones de uso del permiso y su derecho a utilizar el permiso postnatal parental.
El empleador que niegue o dificulte el ejercicio de este derecho, será sancionado con multa a beneficio fiscal de 14 a 150 unidades tributarias mensuales, monto que se podrá duplicar en caso de reincidencia. Cualquier infracción a lo acá dispuesto podrá ser denunciada a la Inspección del Trabajo, entidad que también podrá proceder de oficio a este respecto.
Permisos por salud
El proyecto también aborda la situación de permisos parentales cuando se presente una situación de salud de un niño menor de un año o cuando, siendo un menor de 18 años, el hijo o hija padezcan una enfermedad grave, aguda y con riesgo de muerte o cuando se haya producido un accidente grave.
Respecto del fuero laboral, se establece que en el caso del padre trabajador comenzará a regir desde el día del nacimiento del niño o niña y hasta un año después de nacido. Se incluye en la regulación la situación de la fertilización asistida y la adopción.
Por último, entre las normas se considera la situación de los padres que deben alimentar a sus hijos/as menores de dos años.
Fuente: 24horas.cl, enero 22 de 2020
A pesar de esto, la rotación laboral se redujo en el último cuarto del año ante la desaceleración de la economía derivada de la crisis social.
El actual escenario de menor crecimiento y alza esperada del desempleo, como consecuencia de la crisis social iniciada el 18 de octubre, no estaría desalentando las perspectivas de los trabajadores chilenos de cambiar de empleador.
Así lo revela la última edición del Workmonitor, estudio de tendencias de la consultora de RR.HH. Randstad. El sondeo revela que el 15,6% de los trabajadores declaró estar en una búsqueda activa de un nuevo empleo en el último trimestre de 2019, 2,5 puntos porcentuales (pp) de avance respecto al mismo período de 2018. Sin embargo, la cifra está lejos del máximo histórico de 2010, cuando el 25% de los empleados aseguró estar buscando una nueva plaza laboral.
La mayor proactividad en la búsqueda de un nuevo empleo va de la mano, según Randstad, a un aumento en el temor a perder el empleo. Dicho indicador mostró un alza de 3,4 pp en el último año, situándose en un 8,6% de los consultados.
Esto implica una aceleración al evidenciar que en el primer cuarto del año pasado apenas el 5,2% expresaba tener temor a perder su actual plaza laboral.
Francisco Torres, director de Staffing & Outsourcing de Randstad, señala que el actual momento del país ha generado movimientos en el mercado, especialmente en las industrias más afectadas por el estallido social.
“Los despidos provocados por la paralización de proyectos y la caída de las ventas que desató la crisis, incrementaron el temor a perder el empleo entre la población laboralmente activa. Por lo tanto, las personas que ven amenazado su puesto de trabajo han iniciado la búsqueda de nuevas oportunidades. Para algunos sectores, como el gastronómico, el comercio y el turismo, este hecho supuso un impacto inesperado en su capital humano”, explica.
Situación por tramos
Los empleados más activos en la búsqueda de empleo son aquellos que tienen entre 45 y 54 años con 20%, ocho unidades más que hace 12 meses, lo que a juicio de Torres es “natural”, tomando en cuenta que son personas que tienen una empleabilidad más baja, y ante la posibilidad de quedarse sin trabajo prefieren sondear alguna opción que les permita conseguir mayor estabilidad.
El siguiente rango es el de 35-44 años, con 18%, cuatro pp más que el mismo trimestre del año anterior; seguido por aquellos entre 18 y 24 (15%); entre 25 y 34 años (13%), y aquellos mayores de 55 años (12%).
Si bien más personas están buscando una nueva oportunidad, la rotación laboral en Chile (porcentaje de encuestados que señaló efectivamente haber cambiado de empleo en los últimos seis meses) bajó a 20% el último trimestre de 2019, cuatro unidades menos que el periodo anterior y 1,5 pp más bajo que hace un año.
“Pese al ímpetu de la fuerza laboral por encontrar un nuevo nicho de mercado, la tendencia en épocas de desaceleración suele ser disminuir la contratación, por lo tanto, no se están dando tantas posibilidades de cambio”, aseguró el experto.
Fuente: Diario Financiero, enero 22 de 2020

Cecilia Cifuentes Directora Centro de Estudios Financieros ESE Business School
El gobierno ha dado a conocer la segunda parte de su reforma de pensiones, aquella destinada a mejorar las pensiones de la clase media. Recordemos que ya se está pagando la mejoría del Pilar Solidario, que llega al 60% más pobre de los jubilados. Para lograr el objetivo se introduciría ahora un componente de reparto en las cotizaciones obligatorias, mal llamado “solidaridad” a mi juicio. Es cierto que las pensiones son la principal demanda ciudadana, pero la pregunta relevante si de verdad se quiere resolver el problema es ¿por qué estamos llegando a una situación en que la mayoría de los jubilados tiene pensiones que considera insuficientes? Hay varias causas, pero probablemente las más importantes son 1) el notorio aumento en la expectativa de vida y 2) el problema de la informalidad laboral, que no ha logrado resolverse a pesar del crecimiento de la economía. Es entonces un absoluto contrasentido que la “solución” que se está eligiendo agrave los problemas que causan las bajas pensiones. Se trata entonces de “antisoluciones”.
En efecto, decimos que una de las causas de las bajas pensiones es el envejecimiento poblacional, y entonces optamos por introducir un componente de reparto, que en la propuesta del gobierno es de un 3% del ingreso imponible y en la de la oposición un 6%, por lo que no sería raro que terminara más arriba de 3%. Se trata entonces de un componente que resulta el menos indicado frente al problema demográfico, ya que es un hecho cierto e indesmentible que hacia adelante la relación entre cotizantes y jubilados irá cayendo, por lo que los beneficios que se entregan al inicio dejan de ser sostenibles en el tiempo. Por algo la mayoría de los países que tienen sistemas de reparto han ido aumentando edades de jubilación y disminuyendo beneficios, junto con introducir elementos de capitalización. Nosotros optaríamos por ir en la dirección inversa.
Por otra parte, el otro gran problema que tenemos es la informalidad y la subcotización, entonces planteamos una “solución” que encarece y desincentiva la contratación formal por parte de los empleadores (al hacer de cargo del empleador todo el aumento de cotización) y por parte de los trabajadores genera todos los incentivos a cotizar por el monto más bajo posible, de tal manera de maximizar los beneficios a recibir. Vemos, por ende, que el problema de informalidad probablemente se va a agravar, tanto por este nuevo proyecto de ley, como por la significativa mejoría del pilar solidario. Se suma a este cóctel la reducción de jornada, el proyecto de ingreso mínimo garantizado (que también fomenta cotizaciones por el mínimo), en un contexto de automatización del trabajo. Parece que fuera casi una meta de las políticas públicas dañar el mercado laboral formal.
Por último, esta reforma es de alguna manera un engaño a la clase media. Muchos de los actuales cotizantes están presionados financieramente por sus propios gastos, su necesidad de ahorro para la vejez y la ayuda económica a sus padres jubilados, por lo que demandan un apoyo de política pública en estos roles. Entonces este proyecto de reforma les plantea ahora mejores pensiones para sus padres, pero no les dice que igualmente las pagarán ellos con sus cotizaciones previsionales mediante un reparto, que además genera efectos negativos en el mercado laboral. Frente a eso, la alternativa de la verdadera solidaridad que tenemos ahora parece mucho mejor, ya que al menos no castiga las condiciones laborales actuales de esa clase media.
Fuente: Diario Financiero, enero 21 de 2020
Con fecha 15 de enero se publicaron en el Diario Oficial las resoluciones que aumentan el tope máximo de imponible para las cotizaciones de seguridad social.
Los trabajadores que hubieren cumplido un año de permanencia en la empresa en virtud de un contrato de trabajo, tienen derecho a un feriado anual de quince días hábiles, periodo durante el cual deben percibir su remuneración íntegra. En este informe de Estudio Navarro Abogados abordamos las características del feriado legal, jurisprudencia administrativa y sanciones aplicables.
Descargar informe legal en este enlace
Fuente: Estudio Navarro Abogados, enero 21 de 2020






