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No se puede discriminar por jornada laboral: DT ratifica que toda mamá debe tener permiso para amamantar a su hijo

por ASIMET / miércoles, 05 febrero 2020 / Publicado en Laboral, Nacional, Noticias

 

El servicio recalcó que “no procede” que el beneficio se otorgue de forma proporcional a trabajadoras con jornadas inferiores a 30 horas semanales.

Un nuevo pronunciamiento emitió la Dirección del Trabajo para asegurar el derecho que tienen las madres que se desempeñan en jornadas parciales en el país -definidas como aquellas que “no superan las 30 horas semanales”- de alimentar a sus hijos.

El dictamen se suma a uno publicado por el organismo hace unos días, en el cual hacía noticia por sostener que las trabajadoras con niños menores de dos años podían extraer y almacenar su leche materna dentro de la jornada de trabajo.

En dicho marco, de hecho, la entidad recalcó que no estaría “ajustado a derecho que el empleador considere como no trabajado el tiempo que la madre trabajadora demore en la realización de ambas labores”.

Ahora, por medio del dictamen ordinario n° 342, publicado el 16 de enero 2020, el servicio sostuvo que “no procedería” otorgar el derecho de alimentación en forma proporcional a la jornada convenida, lo que significa que el beneficio debe aplicarse de forma íntegra, pese a que la madre beneficiaria se desempeñe en un trabajo de jornada parcial.

La conclusión se fundamenta, entre otros aspectos, “en que el otorgamiento del beneficio en proporción con la duración de la jornada de trabajo es una modalidad que no puede sostenerse sin expresa disposición de la ley que lo concede”.

Las bases del dictamen

Para sostener esto, el servicio citó el pronunciamiento n° 351 publicado en 2012, el cual planteaba que las trabajadoras que hacen uso del permiso postnatal parental por media jornada “tienen derecho al permiso de alimentación previsto en el artículo 206 del Código del Trabajo pudiendo ejercerlo a través de cualquiera de las alternativas previstas en dicho precepto, previo acuerdo con el empleador”.

Es decir, tienen la facultad de disponer “a lo menos, de una hora al día, para dar alimento a sus hijos”.

En el pronunciamiento, el servicio recalca que el permiso para alimentar que consagra el artículo 206 del Código del Trabajo “estará condicionado a la circunstancia de que el ejercicio del mismo permita el cumplimiento de las funciones convenidas en media jornada, lo que no ocurriría si ésta comprende un reducido número de horas diarias, en términos tales que descontado el lapso para alimentar, impida a la beneficiaria el normal desarrollo de sus labores bajo la antedicha modalidad”.

Así, a modo de refuerzo, desde el servicio agregaron que “la Dirección del Trabajo, confirma su interpretación sobre el derecho que tienen todas las madres trabajadoras a alimentar a sus hijos menores de dos años, cualquiera sea el régimen de jornada que se les aplique, incluida la jornada parcial”.

A juicio de Nancy Ibaceta, directora de Tax & Legal de Deloitte, la Dirección del Trabajo refuerza su criterio.

“La DT mantiene lo que ha dicho anteriormente, pero agrega que no puede haber una división de la jornada. Básicamente dice que la trabajadora puede ejercer ese derecho, en forma total, ya sea al inicio o al término del día, pero no puede dividir la jornada, porque esta ya es breve”, sostuvo la abogada.

El servicio se pronunció sobre el tema ya que fue consultado por la directiva de un sindicato.

Fuente: Diario Financiero, febrero 05 de 2020

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