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Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acoge demanda por despido injustificado de conserje

por ASIMET / martes, 03 diciembre 2019 / Publicado en Laboral, Nacional, Noticias

“Habría sido sorprendido durmiendo”.
El Tribunal acogió la demanda presentada, tras establecer que no se encuentran suficientemente acreditados los hechos esgrimidos por el empleador para desvincular al conserje.

El Primer Juzgado de Letras de Trabajo de Santiago acogió demanda por el despido injustificado de conserje del edificio Pocuro Matte, ubicado en Providencia, en junio pasado.

La sentencia sostiene que en cuanto a la acreditación de los hechos en los que se fundamenta la causal de despido invocada y que dice relación particularmente con una conducta reiterada de dormir durante la jornada de trabajo, si bien consta en las diversas amonestaciones previas incorporadas como prueba documental en el juicio que el trabajador habría sido sorprendido durmiendo durante su horario de trabajo y consta además que el testigo lo habría visto también durmiendo a través de las cámaras de seguridad, lo cierto es que en el video de la cámara de seguridad que se exhibió en la audiencia da cuenta de un hecho ocurrido el día 04 de junio de 2019 a las 04:01 de la madrugada y, además, las fotografías dan cuenta de hechos ocurridos el día 10 y 11 de junio también en horas de la madrugada.

La resolución agrega que sin embargo, en esas imágenes solo es posible advertir la existencia de un bulto en el espacio destinado a conserjería, no siendo claras y determinantes en orden a permitir a establecer que ese bulto corresponde a la persona del actor, su cara no es visible así como tampoco ninguna señal que permita determinar que es el actor quien se encuentra sentado en dicho lugar y si bien existen amonestaciones que han sancionado al trabajador por dormir en horas de trabajo los días 26 de noviembre de 2018, 03 de junio y 11 de junio del 2019 tales hechos ya fueron sancionados por el empleador en virtud de una amonestación, no pudiendo ser doblemente sancionados a través de un despido sin que con ello se infrinja el principio de non bis in ídem que también rige en materia laboral.

Añade que de todo lo cual es posible desprender que los hechos en que se fundamenta la carta de despido no se encuentran suficientemente acreditados en términos del artículo 454 N°1 del Código del Trabajo razón por la cual el despido del cual ha sido objeto el actor ha sido indebido, debiéndose acoger la demanda en lo relativo a la indemnización sustitutiva de aviso previo e indemnización por años de servicio y el recargo legal del 80%.

Por tanto, concluye que se acoge la demanda deducida en contra de Edificio Pocuro Matte y en consecuencia se declara que el despido del cual fue objeto ha sido indebido, razón por la cual la demandada queda condenada al pago de las siguientes prestaciones:

a) $966.480 por concepto de indemnización por dos años de servicio.

b) $773.184 por concepto de incremento legal del 80%.

c) $483.240 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo.

d) $17.618 por concepto de diferencias de feriado proporcional.

Vea texto íntegro de la sentencia rol 2.889 -2019

Fuente: Diarioconstitucional, diciembre 03 de 2019

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