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¿Cómo funcionaría el teletrabajo?: Las claves del proyecto de ley que fue aprobado en la Cámara de Diputados

por Asimet / miércoles, 21 noviembre 2018 / Publicado en Noticias

 La iniciativa que perfecciona la regulación de los empleos a distancia pasó ayer a segundo trámite en el Senado. 

Ayer, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto impulsado por el Gobierno que perfecciona la regulación de los empleos a distancia, con lo que pasó a segundo trámite al Senado. 

La iniciativa contempla incorporar un nuevo capítulo al Código del Trabajo, llamado “Del trabajo a distancia y teletrabajo”, donde aparecen las normas que regulan estas modalidades, como los procedimientos, requerimientos, derechos y deberes del trabajador y el empleador. 

Como trabajo a distancia se entenderá “aquel pacto que faculta al trabajador a prestar sus servicios total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos a los establecimientos de la empresa”. 

Mientras que se considerará teletrabajo “cuando los servicios sean prestados mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones, o bien cuando los servicios prestados deban reportarse mediante tales medios”. 

Estas formas de empleo podrán abarcar toda o parte de la jornada laboral, combinando el trabajo presencial en la empresa con tiempos de trabajo fuera de ella. Esto, respetando siempre los límites, de no más de 12 horas al día y no más de 45 a la semana. En esa línea, el empleador será quien deberá implementar un mecanismo fidedigno de registro de cumplimiento de la jornada. 

El proyecto indica que los trabajadores podrán pactar por escrito con su empleador, al inicio o durante la vigencia de su relación laboral, que la prestación de servicios bajo dependencia o subordinación se realice fuera de las instalaciones de la empresa. 

Y al momento de acordar que el empleo será bajo esta modalidad, ambas partes deberán definir en qué sitio se realizará el servicio, pudiendo ser en más de uno. Asimismo, tendrán un plazo de al menos tres meses en el que podrán retomar unilateralmente las condiciones que tenían previo al pacto. 

La aplicación del trabajo a distancia y el teletrabajo no podrá conllevar en ningún caso el menoscabo de los derechos reconocidos en el Código del Trabajo, en especial con respecto a la remuneración. 

Además, la propuesta considera que dentro de un año, contado desde que la ley entre en vigencia, las compañías que tengan trabajadores que ya presten servicios a distancia o teletrabajo, deberán ajustarse a los términos estipulados en la regulación. 

Fuente: Emol economía, noviembre 21 de 2018

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