Page 19 - Revista N124agosto
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ASIMET / LEGAL LABORAL
temporal o perpetua de celebrar actos o contratos con el propias del giro de cada empresa, podríamos concluir
Estado, hasta multa a beneficio fiscal en un rango entre UTM que, en términos generales, se entenderían satisfechos los
400 y UTM 300.000 (MM$15.650), entre otras. deberes de dirección y supervisión, cuando:
Pero, el punto clave está en el tercer supuesto o elemento (i) el MPD se adopta e implementa antes de la comisión
de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, esto es, de los delitos, y es conocido por todos los eventuales
el incumplimiento de los deberes de dirección y supervisión. responsables de la empresa (de todo rango) y los terceros
con los que ésta se relaciona;
¿En qué se traducen los deberes de dirección y (ii) los delitos y riesgos cubiertos en el MPD son acordes al
supervisión? giro de la empresa y no se trata de documentos tipo;
(iii) el MPD contiene la designación de un EPD, que no sólo
La propia Ley en su artículo 3 establece que dichos deberes
se satisfacen cuando, con anterioridad a la comisión de un es conocido por la organización, sino que además cuenta
delito, las personas jurídicas han adoptado e implementado con la autonomía, medios y facultades suficientes para
modelos de organización, administración y supervisión ejercer sus funciones, y tiene acceso permanente a la alta
(para simplificar y, de acuerdo con la Ley, denominaremos administración, y
dichos modelos como “MPD” o “Modelos de Prevención de (iv) existe un involucramiento efectivo de la alta administración
Delitos”). El MPD es el documento “madre” del cumplimiento en la implementación del sistema de prevención de delitos.
de las empresas de cara la Ley. Se trata, en la práctica, de Dicho todo lo anterior, parece adecuado recomendar a las
un instrumento de carácter obligatorio en las empresas empresas que revisen sus programas de cumplimiento o que
que los han implementado correctamente y que contiene los implementen desde cero, de forma que efectivamente
entre otras menciones: (i) la designación, por parte de la alta queden cubiertas frente a la comisión de delitos por parte
administración (en una sociedad anónima, su directorio), de sus directores, ejecutivos, funcionarios y dependientes
de un encargado de prevención de delitos (“EPD”), también de distinto rango. Será fundamental para ello “customizar”
denominado Oficial de Cumplimiento Legal, definiéndose dichos programas a la realidad de cada empresa (tamaño,
sus medios y facultades, y (ii) la adopción de un sistema de complejidad, giro, nivel de ingresos, etc.). De forma paralela,
prevención de delitos, que identifica riesgos inherentes al será también esencial, seguir de cerca la evolución y desarrollo
giro de la empresa (incorporación de matrices de riesgos de las causas actuales y aquellas nuevas que se inicien en
con controles definidos), establece protocolos (de relación tribunales en contra de empresas de conformidad con la Ley.
con funcionarios públicos, proveedores, etc.), sanciones ante
su inobservancia y procedimientos de denuncia
(habilitación de un canal de denuncias).
Utilizo en el párrafo precedente la expresión
“implementado correctamente” porque la eficacia
de los MPD radica fundamentalmente en el
conocimiento y cumplimiento de los mismos por
parte de las empresas, y los terceros con los que
éstas se relacionan. A mayor abundamiento, la Ley
indica que los citados Modelos deben incorporarse
expresamente en los respectivos contratos de
trabajo y de prestación de servicios de la empresa.
Basado en jurisprudencia reciente de los tribunales
de justicia, y aunque se trata de una materia en
desarrollo, con muchas aristas y complejidades
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